Trámites para el matrimonio por la iglesia

Trámites para el matrimonio por la iglesia

Para ello habéis pedido día y hora a la persona encargada en la Parroquia y, junto con la documentación correspondiente, se os pedirá que os acompañen dos testigos.

Se os preguntará sobre vuestros datos personales (nombre y apellidos, D.N.I., dirección, etc.), por el nombre, la localidad y la Diócesis de la Parroquia donde os vais a casar. Se os pedirá, igual que a los testigos, que firméis.

Previamente (o posteriormente), se habrán realizado las amonestaciones. Es decir, se anunciará en el tablón de anuncios de la parroquia (a veces se hace de viva voz al final de la Misa dominical) el próximo matrimonio. Este anuncio se hace en la parroquia en la que se está viviendo, y en las que se ha vivido desde la mayoría de edad (en algún caso puede ser que los mismos novios sean los que tienen que llevar y luego traer la notificación de amonestaciones).

Una vez realizado el Expediente, este se llevará al Obispado correspondiente

Para la realización del Expediente se precisa la siguiente Documentación:

  1. Partida de Bautismo del contrayente del que se realiza el Medio Expediente, o de ambos si es Expediente Completo. En caso de estar bautizados en la misma parroquia donde están viviendo (y probablemente donde están haciendo el Expediente), no habrá ningún problema. En otro caso, habrá que pedirla por el medio que nos resulte más fácil (teléfono, correo, familiares que vivan cerca, etc.). Si las parroquias donde les bautizaron, y en la que están realizando el Expediente son de distintas Diócesis, habrá que legalizarla. A veces los párrocos realizan ellos mismos este trámite, pero lo normal es que haya que llevarla a legalizar al Obispado correspondiente.
  2. Libro de Familia de los padres, donde figuran los datos para el Registro Civil. En su defecto se puede entregar Partida de Nacimiento, donde figuran también estos datos.
  3. N.I.F.
  4. Certificado de haber realizado el curso de preparación al matrimonio (cursillos prematrimoniales).

Se casan en una parroquia de la Diócesis donde no vive ninguno de ellos. El novio lleva su medio Expediente a su Obispado. El Atestado de libertad que allí te entregan, se lleva, junto con el medio Expediente de la novia, a su Obispado correspondiente.

El Atestado de libertad (en favor de los dos), se lleva al Obispado de la parroquia donde os vais a casar y el documento que allí os entregan, se lleva a la parroquia donde se va a celebrar el matrimonio.

Los testigos del Expediente no deben confundirse con los de la Boda. Tanto unos como otros, pueden ser dos hombres, dos mujeres o bien hombre y mujer. No es necesario que sena los mismos, aunque también lo pueden ser.

Los primeros, que os acompañarán a realizar el Expediente deben:

  1. Ser mayores de edad.
  2. Llevar el D.N.I.
  3. No ser familia cercana de ninguno de los contrayentes.
  4. Conoceros suficientemente. En la práctica suele bastar con dos amigos/as, y se les pide que testimonien que no estáis casados, que no hay impedimento para la Boda, y que se ha alcanzado la madurez suficiente.

Los segundos, que estarán en la Boda deben:

  1. Ser mayores de edad.
  2. No ser familia cercana.
  3. Estar en la celebración para testimoniar que se ha realizado.
  4. Firmar al terminar la celebración. Los padrinos (podrían ser a su vez los testigos) pueden ser dos personas cualquiera.

Boda religiosa

Antes de reunirse con el párroco, tenga preparados, en papel sin sellar, los siguientes documentos:

  • Partida de nacimiento: se obtiene en el Registro Civil del lugar de nacimiento.
  • Partida de bautismo: debe pedirla en la Iglesia donde ha sido bautizado/a.
  • Certificado de soltería eclesiástico: en el caso de que uno de los contrayentes haya pasado más de un año en el extranjero o proceda de una diócesis diferente de donde se va a casar.
  • Dispensa: si los novios profesan cultos distintos o existe cualquier otro impedimento que prevea el Derecho Canónico. S.S.

Los novios deben presentarse delante del rector de la diócesis a la que pertenezca la novia. El rector redactará una solicitud para que el ayuntamiento publique las
amonestaciones civiles que deberán exponerse durante 3 semanas consecutivas en el tablón de anuncios de la iglesia.

Una vez celebrada la boda eclesiástica, antes de que hayan pasado 5 días, deberá irse al registro civil para que el matrimonio sea trascrito a los libros. Si la diócesis en la que contraen matrimonio no es la misma que donde vivirán, deberán obtener una declaración y un permiso del rector de la diócesis a la que pertenezcan.

Debe hacerse un cursillo de preparación al matrimonio. Este cursillo normalmente lo imparten sacerdotes, catequistas, parejas experimentadas e, incluso, médicos y personal especializado en temas concretos relacionados con la vida de pareja. Este cursillo es gratuito. Su duración y obligatoriedad dependen de cada parroquia.

Para el servicio de culto se hace una donación que varia según la parroquia.

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Comentarios (158)

María Martínez | 8 febrero 2012

Hola,

nos vamos a casar el 1 de Septiembre. Mi novio (español) está divorciado civilmente en un país extranjero con una extranjera desde 2007. Obtuvo el exequatur en Mayo de 2011 y a día de hoy estamos aún pendientes de que el Registro Civil Central de Madrid (donde está registrado su anterior matrimonio) realice la inscripción marginal de divorcio y no sabemos si llegará a tiempo.

Mi consulta es: en la iglesia donde estamos realizando el expediente matrimonial no nos han pedido nada relacionado con esto, porque supongo que dan por hecho que somos solteros los dos: ¿deberíamos advertirlo previamente? ¿Si nos piden algún papel, con la sentencia firme de exequatur sería suficiente?

Muchas gracias de antemano.

    Pedro Pascual | 9 febrero 2012

    En principio no hay problema para casarse por la Iglesia ya que la princesa lticia estaba divorciada por lo civil cuando obtuvo matrimonio eclesiástico con el principe felipe,

    Ahora bien, el problema está en el registrar el matrimonio de la iglesia por lo civil, ya que si no está inscrito el divorcio de su novio, no se puede registrar. Por lo tanto casense una vez que tengan arreglado la inscripción.

Rocío DE | 6 febrero 2012

Hola!!
Mi novio y yo nos vamos a casar en Junio de este año en Valladolid por la Iglesia. Yo estoy bautizada y he hecho la comunión, pero no me he confirmado. ¿Puede suponer esto un problema? Porque el párroco que nos va a casar insiste en que me confirme… pero por mi trabajo yo no dispongo del tiempo necesario para hacer catequesis… y la verdad que me preocupa…
He pensado en ir al arzobispado para ver que me dicen… me voy a volver loca!! :) Muchas gracias!

    Pedro Pascual | 7 febrero 2012

    Apreciada Rocío:
    Según el derecho canónico, un matrimonio entre católicos, los contrayentes tienen que haber recibido los tres sagramentos: Bautismo, Eucaristía y Confirmación.
    Se da el caso que muchos católicos no están confirmados y en muchas parroquias hacen la vista gorda y en otras parroquias les hacen un minicursillo de tres días y se confirman en la Catedral o en una Parroquia.
    En su respuesta a este comentario, dejeme su correo que le daré en privado una respuesta a lo que usted plantea y deacuerdo con su problémática. Por encima de la norma está la caridad.

dana | 1 febrero 2012

Buenas tardes,me llamo Dana y soy de Rumanía.Mi novio y yo nos queremos casar por la iglesia católica en España.El nació en Colombia pero tiene nacionalidad británica y es católico,yo soy ortodoxa.Tenemos una hija juntos que esta bautizada en una iglesia católica de Inglaterra.Mi pregunta es: es posible nuestro matrimonio en la iglesia católica de España?

    Pedro Pascual | 2 febrero 2012

    1) Por lo que compromete en la legislación civil, no hay ningún tipo de inregularidad ya que son dos extranjeros comunitarios: Su novio está registrado como británico al venir a España.
    2) Se pueden casar por la Iglesia por la modalidad de matrimonio mixto, sin ningún tipo de problema. Una vez casados que se envie una nota para que la partida de bautismo de su hija conste que es hija legítima y no natural.
    3) En el consulado britanico que este matrimonio inscrito en el registro español sea reconocido.

Tania | 30 enero 2012

Buenas tardes, Espero que usted pueda ayudarme y aclararme un poco. Me voy a casar con mi novio. El es francés. Vamos a casarnos por la iglesia en Espana, pero queriamos hacer la boda civil -15 dias antes- en Francia (para que su abuela pudiera estar presente). Me pregunta es: es esto posible? no habria algun tipo de conflicto o problema legal si nos casamos primero en Francia -por lo civil- y luego en Espana por la iglesia -puesto que la boda por la iglesia en Espana tiene potestad civil-? Muchas gracias de antemano por su ayuda.
Otras preguntas: donde puedo conseguir mi certificado de solteria?
Los testigos (que firmaran junto con nosotros nuestro expediente delante del cura) no pueden ser familia? Los padrinos que firmaran en la iglesia no pueden ser familia?

Muchas gracias de nuevo por su ayuda.
Reciba un cordial saludo,
Tania

    Pedro Pascual | 2 febrero 2012

    Un español y un extranjero, al igual que dos españoles, pueden contraer matrimonio fuera de España de acuerdo con la forma prescrita por la Ley española, ante el funcionario diplomático o consular encargado del Registro civil en el extranjero o ante la autoridad religiosa legalmente prevista. Pero también cabe la celebración conforme a la forma establecida ( civil o religiosa) de acuerdo con la Ley del lugar de celebración.

    En estos casos una vez contraído válidamente el matrimonio fuera de España se deberá tramitar para su validez en nuestro país la INSCRIPCION DEL MATRIMONIO EN EL REGISTRO CIVIL CENTRAL.

    Dicha inscripción se podrá realizar en España a través del registro del lugar de residencia de los cónyuges o bien fuera de España a través del consulado español del país donde se contrajo dicha unión.

    Aproximadamente este trámite de inscripción está tardando unos 18 meses.

    PUEDES CONSULTAR EL REGISTRO CORRESPONDIENTE EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN:
    http://www.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483957533/Detalle.html?param1=1

    Para la celebración del matrimonio civil en Francia, la documentación a presentar es la que pide los juzgado de paz y el certificado de solteria se pide en el registro civil.

    Una vez puesto en tramite el matrimonio civil francés para que sea reconocido por el gobierno español, se casan por la Iglesia y le dicen al sacerdote que no hagan la inscripción del matrimonio canóbico por lo civil, ya que lo tienen tramitado.

Lucia | 29 enero 2012

Hola a todos. Yo tengo una duda que creo saber la respuesta pero me gustaría equivocarme, me explico, queremos casarnos pero no podemos por problemas burocráticos relacionados con la adquisición de un piso nuevo que nos hemos comprado. Como nos gustaría hacerlo por la iglesia seria posible realizar la ceremonia tal como la conocemos pero sin notificarlo en el registro civil? Así podríamos estar casados ante la iglesia sin que se enteren en lo civil y nos impida comprar la casa…Si alguien puede tener una respuesta se la agradeceremos. Muchas gracias de antemano y un saludo!

    Francisco Rubio | 30 enero 2012

    Lo mejor sería atrasar la boda hasta un año después de conseguido el piso, porque el matrimonio de la Iglesia hace los mismos efectos civiles.

marco | 27 enero 2012

Jaume Ruiz hola buenas noches me gustaria hacerte algunas preguntas si me escribes te preguntre

    Francisco Rubio | 30 enero 2012

    Adelante, pregunta, aunque me parece que jaume está conectado y yo soy un ex seminarista y licenciado en Derecho,

Flor | 26 enero 2012

De que va lo de la renovación de votos??Al cuanto tiempo de estar casado puedo hacerlo??Gracias,un saludo

    Jaume Ruiz Castro | 27 enero 2012

    A todos los usuarios: He llegado bien, estaré unos días en San Pedro Sula y el martes voy a la moskitia.
    Apreciada Flor; En el matrimonio no hay votos, por lo tanto no hay tal renovación. Lo único que hay son las promesas de matrimonio y en las celebraciones de aniversario (anual, boda de plata, boda de oro) si se quiere se puede volver hacer, renovando esa manifestación (promesa) que hicieron un día ante el altar.

    Francisco Rubio | 30 enero 2012

    Loa renovación de los votos del matrimonio puede hacerse, si se quiere, a los 25 y a los 50 años, pero no es imprescindible porque el matrimonio canónico es hasta que la muerte separe a uno de los cónyuges, o bien por anulación del mismo por causas debidamente justificadas por el Tribunal de la Rota. En cuyo caso pasarían a ser solteros ambos contrayentes.

    Francisco Rubio | 30 enero 2012

    Ya te he respondido, lo que no sé es si te ha llegado: La boda canónica, es decir, por la iglesia es indisoluble hasta la muerte de uno e los contrayentes.No hace falta renovar los votos porque es de por vida. Algunos renuevan los votos a los 25 o la los 50 años, pero por capricho, porque el matrimonio lo es para toda la vida hasta la muerte de una de los contrayentes.

Rosario | 26 enero 2012

Hola!!En 2009 tuve a mi hijo y a los 3 meses lo bautizamos y nos casamos a la vez por la iglesia.No celebramos nada solo estuvieron nuestros padres,hermanos y testigos.Así decidimos de hacerlo en ese momento por circunstancias personales y en el momento que tenga otro niño-a y lo bautizaramos quisiera hacer algo para la familia y amigos.Tengo la ilusión de celebrar algo.
Mi pregunta seria,si me casé por la iglesia ya no puedo por lo civil???Gracias por vuestras respuestas,un saludo

    Jaume Ruiz Castro | 27 enero 2012

    Si usted se casó por la iglesia en España, su matrimonio está reconocido por lo civil y es como si fuera que ha hecho doble celebración en una.
    Como mucho le suguiero una misa de aniversario de bodas renovando las promesas matrimoniales y en esa misa bautiza a su hijo.

Francisco Rubio | 22 enero 2012

Para Elena, de Iasi: Aparte de todo deberéis aportar fotocopia del D.N.I o pasaporte.

    elena | 23 enero 2012

    Gracias Francisco,nosotros nos queremos casar por lo civil,por la iglesia es mas complicado,asi que solo nos casemos por lo civil,pero me gustaria conocer a Oana y hablar con ella,un saludo

Francisco Rubio | 22 enero 2012

Para Elena, rumana de Iasi. Oana trabaja en la tienda de Larraz, quw está en el Coso junto al Hotel Reino de Aragón. Pero, de todas maneas deberás llamar a la Secretaría del Arzobispado de Zaragoza donde te informarán las horas y los días en las que atiende La Notaria de la Curia. Esto se halla junto al Palacio Arzobispal en la Plaza de la Seo; creo que, en la puerta, pone Casa de la Iglesia o algo así. Allí te dirán los documentos que debéis aportar, que son muy sencillos: documentos de soltería y de bautismo que son fáciles de conseguir y luego os los enviará la notaria a la parroquia donde estéis empadronados, o bien tu novio o bien tú. Tendréis que hacer un cursillo prematrimonial sencillo de seis horas. Todo esto a la hora y en los días que los dos elijáis. Posteriormente, no sé si en el plazo de cinco días tendréis que acudir al Registro Civil simplemente a inscribir el matrimonio, con los documentos que os den en la Iglesia en la que os caséis. De todas las formas, llamad a Secretaria del Arzobispado de Zaragoza para que os digan los días y las horas en que os puede visitar la Notaria de la Curia. Esta visita no os llevará más de 7 u 8 minutos y allí podréis peguntar todas las dudas que os surjan. La Iglesia, si ya tenéis día para casaros, vais llamando a todas las de Zaragoza y seguro que hay bastantes que puedan hacerlo en el día y la hora que tengáis previsto.

    elena | 23 enero 2012

    Muchas gracias Francisco por tus comentarios,algun dia ire a conocer a Oana,gracias

Jaume Ruiz Castro | 17 enero 2012

A todos los usuarios de webboda: El próximo 25 de Enero es mi 20 aniversario que emetí los votos como misionero y seré destinado a la selva de la moskitia hondureña; por lo tanto la conexión por internet será relativamente escasa.

Me despido de ustedes, después de haber colaborado en esta web en aclarar algunas dudas sobre diferentes cuestiones del matrimonio, que no es una modalidad más: Celebrar y participar del amor de Dios latente en esa pareja.

Gracias a todos ustedes por soportarme.

Jaume

    Lina | 17 enero 2012

    Muchas gracias por todo Jaume!!!

    Espero que todo le vaya bien en Honduras y que pueda seguir orientando a mas pareja, como lo hizo con nosotros.

    Un beso muy fuerte y de nuevo Gracias por todo

MARIA | 16 enero 2012

Buenos días,

Le escribo para realizar una consulta. EL año que viene queríamos casarnos mi novio y yo. El está Bautizado en Cataluña y yo en Asturias y nos querríamos casar en una capilla que tiene mi familia en Asturias. Mis dudas son, donde me tengo que dirigir para empezar a realizar los papeles, al párroco de mi iglesia habitual o al del pueblo donde se encuentra la capilla?
Otra duda que tengo es que mi novio no es creyente pero admite casarse por la iglesia porque sabe que para mi es importante, como hay que tramitar ese tipo de enlace, ¿como si fuéramos de distintos cultos?

Muchas gracias

    Jaume Ruiz Castro | 16 enero 2012

    La documentación de él es como católico, por lo tanto pidan la partida de bautismo de él legalizada
    2) En su Iglesia habitual se hace el expediente, teniendo ya apalabrado con el cura de la parroquia que pertenece la capilla el día que se va a casar en la capilla.

Rocío | 14 enero 2012

Hola. Queremos casarnos por la Iglesia, yo estoy bautizada e hice la comunión, pero mi novio no, ya que es de procedencia árabe. ¿Qué problema podemos tener a la hora de ir a la Iglesia? ¿Podremos casarnos por la Iglesia sin necesidad de que mi novio tenga que ser bautizado? Sus padres se casaron por la Iglesia (tenían el mismo caso que nosotros) y no tuvieron problema alguno. ¿Ha cambiado la situación? Muchas gracias por su tiempo.

    Jaume Ruiz Castro | 16 enero 2012

    Hola Rocio: Se trata de un matrimonio mixto y esto se tiene que consultar en el obispado para que él declare que se compromete que los hijos serán educados católicamente.

    Si su novio es muy aferrado al Islam esto le puede causar moletias en su conciencia: Pernmetir que sus hijos sean educados en una fe que no sea la mulsumana.

    Por este motivo el Al-qoram prohibe el matrimonio mixto, al no ser que te conviertas al Islam.

    Tendrás que hablar con él sobre este punto para aclarar tu postura como católica.
    Jaume

    Rocío | 16 enero 2012

    Hola Jaume.
    Muchas gracias por su respuesta. Creo que no me expliqué bien. Mi novio es nacido en Madrid y no practica el Islam, es agnóstico. Hemos hablado sobre nuestros futuros hijos, y está de acuerdo en que sean educados en el catolicismo, en ningún momento se impondría a mis creencias. ¿Sería posible el matrimonio por la Iglesia?
    De nuevo, gracias.

    Jaume Ruiz Castro | 16 enero 2012

    Apreciada Rocío: le pido disculpas por haberme despistado sobre la procedencia árabe.
    En el caso que usted me plantea antes de la boda tiene que declarar delante del obispo que es agnóstico y que admite que sus hijos sean educados catolicamente. Entonces no hay problema.

    En cuanto a la documentación para hacer el expediente consulten con el departamento de pastoral matrimonial de la diócesis y le dirán lo que hay que traer.

    Rocío | 17 enero 2012

    Muchas gracias por su respuesta. Hace una gran labor en este blog.

    Un saludo Jaume.

Francisco Rubio Ruiz | 13 enero 2012

Buenas noches Jaume, Mi hijo Francisco José, que convive en pecado desde hace cinco años,con su novia Oana, rumana ortodoxa, casada y divorciada en España por lo civil, ambos bautizados por sus repectivas iglesias Cristianas, quieren casarse por la Iglesia Católica para iniciar la procreación de hijos que, por supuesto, abrazarían el rito Católico en el que serían bautizados y educados. Ambos están libres de impedimentos para contraer matrimonio canónico por eso te ruego me informes los trámites, que en el caso de mi hijo ya están claros, para el caso de mi futura nuera poder contraer sin trabas matrimonio canónico en Zaragoza. Mi futura nuera está bautizada en Iasi (Rumanía). No habría problema para enviar la documentación precisa, que ya la tiene y la enviaría una hermana, abogada, que tiene poderes de mi futura nuera para gestionar cualquier documento. La boda, aún no hemos hablado con el párroco de ninguna Iglesia, pero la fecha la quieren para el 14 de agosto próximo. MI ideal sería la Iglesia de San Francisco, donde fueron bautizados mi hijo y mi hija, en la Avdª. de América de Zaragoza, o en la Iglesia de San Antonio, a 100 metros de la nombrada, en el Pº. de Cuéllar. Vamos a hablar mañana con los párrocos, pero necesitaría saber qué requisitos le faltan a mi nuera, ya que la partida de nacimiento la enviaría su hermana y todos los documentos precisos, tal y como el matrimonio civil que celebró es España con la anotación del divorcio, y qué horarios tendrán que utilizar para el curso matrimonial y lo que más inquietud me causa es lo de las amonestaciones en la localidad de la novia. No creo que hubiese inconveniente, ya que lo gestionaría su hermana, con la publicación, en rumano, de las tres amonestaciones en la parroquia ortodoxa a la que pertenecieran. Gracias por tus acertadas respuestas y por tu amabilidad al contestarlas gratuitamente, aunque creo que contribuyes con mucho a una labor pastoral digna de encomio y que, si en la tierra no es lo suficientemente conocida por los superiores jerárquicos, en el cielo y en la tierra, por todos los que nos has ayudado, reconoceremos tus esfuerzos en pro de la Iglesia Universal.

    Jaume Ruiz Castro | 13 enero 2012

    Sr. Francisco: Se trata de un matrimonio mixto que la parte no católica se compromete a educar a sus hijos católicamente. Lastimosamente no estoy acostumbrado para estos casos ya que la documentación puede variar según la confesión religiosa, si es cristiana o no cristiana.

    Los párrocos consultarán en la delegación diocesana de pastoral de matrimonio para saber los documentos que debe presentar la parte no católica (ortodoxa) y hacer la declaración delante del obispo sobre su compromiso de educar a los hijos católicamente.

    Francisco Rubio Ruiz | 14 enero 2012

    Gracias por tus molestias. Ya he halado con Secretaría de la Curia del Arzobispado de Zaragoza y me han aclarado visita a la Notaria de la Curia por parte de los contrayentes, ya que mi futura nuera está bautizada por el rito ortodoxo en Iasi (Rumanía) y el próximo lunes tienen visita con dicha Noratia que es la que se encarga de recibir todos los documentos, con lo que se acorta el tiempo de espera, y, además, ya tenemos confirmada fecha del 14 de julio, no de agosto, como dije, para la celebración de la boda.

    Jaume Ruiz Castro | 14 enero 2012

    ha sido un placer reorientar la situación al sitio que lo tienen que aclarar.
    Atentamente
    Jaume

    elena | 16 enero 2012

    Hola Francisco,mi nombre es Elena,soy rumana y me gustaria conocer a su nuera Oana,mi novio tambien es de aqui de Zaragoza,y tambien nos queremos casar este año,me gustaria ponerme en contacto con Oana,para preguntarle acerca de los papeles que piden para matrimoño,y tambien soy de IASI,MUCHAS GRACIAS

Gema | 10 enero 2012

Gracias Jaume muchas muchas gracias de corazòn,gracias por dedicarnos su tiempo a personas que no sabemos donde recurris,mil gracias como pueda casarme usted està invitado!jajaja gracias!

    linda | 11 enero 2012

    hola me llamo linda quisiera saber si yo puedo casarme aqui en españa por la iglesia puesto que ya me e casado cuando tenia 18 años en paraguay ,osea me casaron obligada por estar embarazada,pero aqui me case por civil con mi marido español.y queriamos casarnos por la iglesia tengo 41 años, si me pueden responde, mi correo es mipcluismiguel@hotmail.com y mi telefono 681184868 no me importa si me llaman ,espero que no tenga problemas por ke ocurrio ya mucho tiempo atras,estava soltera por lo civil y me e casado aqui,ahora a ver si nos casamos por la iglesiaaaaaaaa

    Jaume Ruiz Castro | 11 enero 2012

    Apreciada Gemma: Se puede pintchar la web del registro civil y solicitar el certificado literal de nacimiento y ellos te lo envian, sin ningún tipo de documentación previa.

    Cuidese

    linda | 12 enero 2012

    SEÑOR JAUME CASTRO,SOY LINDA PERDONE PERO NESECITO QUE ME CONTESTE DE NUEVO LO QUE ME COMENTO ELOTRO DIA DE AYER EN LA LLAMADA,POR KE ESTAVA TRABAJANDO,YO ME E CASADO POR IGLESIA CUANDO TENIA 18 AÑOS EN PARAGUAY Y POR CIVIL,ME DIVORCIE HACE YA 20 AÑOS Y AHORA ME E CASADO AQUI POR CIVIL CON UN ESPAÑOL,Y QUEREMOS CASARNOS POR LA IGLESIA AQUI TAMBIEN EL AÑO QUE VIENE,SE LO QUE TENGO QUE TRAER DE PARAGUAY DE PAPELES LEGITIMISADOS PARA LA BODA POR LA IGLESIA AQUI.DESEO SABER SI PUEDO CASARME AQUI POR IGLESIA,RESPONDAME OTRA VEZ GRACIASSS Y UN GRAN ABRAZOOO,LA PENA, QUE NO LO CONOSCA,ATENTAMENTE ,LINDAAA

    linda | 12 enero 2012

    SEÑOR JAUME RUIZ CASTRO,SOY LINDA PERDONE PERO NESECITO QUE ME CONTESTE DE NUEVO LO QUE ME COMENTO ELOTRO DIA DE AYER EN LA LLAMADA,POR KE ESTAVA TRABAJANDO,YO ME E CASADO POR IGLESIA CUANDO TENIA 18 AÑOS EN PARAGUAY Y POR CIVIL,ME DIVORCIE HACE YA 20 AÑOS Y AHORA ME E CASADO AQUI POR CIVIL CON UN ESPAÑOL,Y QUEREMOS CASARNOS POR LA IGLESIA AQUI TAMBIEN EL AÑO QUE VIENE,SE LO QUE TENGO QUE TRAER DE PARAGUAY DE PAPELES LEGITIMISADOS PARA LA BODA POR LA IGLESIA AQUI.DESEO SABER SI PUEDO CASARME AQUI POR IGLESIA,RESPONDAME OTRA VEZ GRACIASSS Y UN GRAN ABRAZOOO,LA PENA, QUE NO LO CONOSCA,ATENTAMENTE ,LINDAAA

Gema | 10 enero 2012

Hola Jaume gracias por tu pronta respuesta, el problema es que para pedir ese certificado tambien nos piden el libro de familia…y como solo el titular puede pedir un duplicado,lo tenemos crudo,creo que sin ese documento(libro familia) no podremos hacer nada! :(

    Jaume Ruiz Castro | 10 enero 2012

    Apreciada Gemma: Quizás haya una solución y en esto lo tendrá que consultar con un notario, aunque mañana miraré de consultarlo con los abogados que trabajan conmigo en la pastoral de migración y algunos llevan las cuestiones matrimoniales
    .
    Plantear de hacer un acta de manifestación notarial que es equivalente como si fuera una declaración jurada hecha delante del juez, alegando las relaciones deterioradas con la familia y es imposible acceder al libro y con este acta solicitar la partida de nacimiento.

    Investiguen esta via y yo miraré si hay otras.
    Atentamente:
    Jaume

lecy | 10 enero 2012

Buenas tardes.
Mi duda es la siguiente soy uruguaya con solo pasaporte m e casado con un espanol x la iglesia pero m comentan q para solicitar el permiso d residencia tengo q casarme x el juzgado es cierto? Sí es así q requisitos necesito ? En caso q no sea necesario q necesito para solicitar la residencia y donde tengo q presentar esos papeles nos casamos en abril d 2010 y tenemos un hijo.vivimos en Toledo pero nos casamos en Madrid .gracias d antemano .

    Jaume Ruiz Castro | 12 enero 2012

    Si la boda eclesiástica fue en españa: Con el certificado de matrimonio eclesiástico se registra en el registro civil y entonces puede tramitar la residencia comunitaria.

Gema | 10 enero 2012

Hola Jaume le agradecerià me resolviese unas dudas, nos queremos casar y nos piden el libro de familia y la partida de nacimiento,eso se puede pedir en algun sitio?(juzgado etx?) Esque mi novio no tiene relacion con su familia y se niegan a darle la fotocopia,se podrìa pedir en cualquier otro sitio? Muchas gracias

    Jaume Ruiz Castro | 10 enero 2012

    Apreciada Gemma: La homologación del matrimonio eclesiastico por lo civil requiere saber en que libro y página están registrados para que se anote en la nota marginal de la partida de nacimiento, por eso se pide la fotocopia del libro.

    En el caso de su novio tiene que solicitar en el registro civil de donde nació un certificado de nacimiento.
    Atentamente
    Jaume

Rául | 30 diciembre 2011

Hola Jaume,
Mi pregunta es la siguiente:
- el año pasado nos casamos por lo civil en Madrid, y queremos realizar ahora el matrimonio por la Iglesia en Madrid. ¿Qué documento serían necesarios? Gracias!

    Jaume Ruiz castro | 30 diciembre 2011

    Apreciado Raul:
    Esta es la documentación a presentar en la parroquia de ustedes o en la parroquia que se vayan a casar:
    1) Partidas de Bautismo, si están bautizados fuera de la diócesis de Madrid tienen que estar legalizadas.
    2) Fotocopias de sus DNI o NIE
    3) Fotocopia del libro de familia en la parte que indica que ustedes están casados.
    4) Certificado de nacimiento.

Angel | 17 diciembre 2011

Jaume, me gustaría preguntarte si una vez casados en una notaría en Bogota, existe algun plazo de tiempo para regulizarlo en el Consulado Español, es decir, ¿puedo casarme y a los 8 u 9 meses solicitar la regularización en el Consulado? ¿Puede ser beneficioso esta espera?. Un saludo y muchas gracias.

    Jaume Ruiz | 18 diciembre 2011

    Apreciado Ángel: El reconocimiento de la boda civil en el consolado español lo tienen que preguntar allá, porque cada país tiene sus normas. Un ejemplo: casarse en el consulado de Bolivia en España y este matrimonio sea reconocido en España se tarda dos años en el reconocimiento.

    Por lo tanto yo haría una doble celebración en ese día: Una privada con sus testigos en el consulado embajada española en Colombia y la pública en el juzgado de Bogotá. Los requesitos hay que soicitarlos allá o mirarlos en la página web del consolado.
    Gracias.

Angel | 3 diciembre 2011

Hola Juame, antes que nada agradecerte tu respuesta a mi anterior pregunta. Me parece bien tu sugerencia sobre casarnos en Bogota. He oído que en el consulado, en la entrevista suelen preguntarte por tu situación laboral. por tus ingresos y situación económica y que en caso de no ser muy estable es un motivo para no aceptar ni legalizar dicho matrimonio. Es cierto esto? Gracias por todo, un saludo.

    Jaume Ruiz | 3 diciembre 2011

    Apreciado Angel: Los requesitos para la homologación del matrimonio depende de cada consulado y no hay una norma establecida, ya que es según la relación bilateral con cada país. Un ejemplo: En España se considera matrimonio la unión de dos homosexuales, este matrimonio no sería reconocido en Colombia y en algún estado de Estados Unidos si.

    Por lo tanto que ella se acerque al consulado y pida los requesitos para homologar.

    Creo que lo más conveniente es que vaya como residente a Colombia y viva una temporada o bien a través de poderes tramitar el visado de ella, para que el gobierno no piense que es un arreglo de conveniencia.

    VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA RESIDENCIA COMUNITARIA POR ESTAR CASADO CON UN ESPAÑOL

    1) Se le considera como un trabajador de la Unión Europea y por lo tanto las prestaciones no se demoran tanto como a un extranjero no comunitario.

    2) Al año puede obtener la nacionalidad española si no hay separación de hecho o legal. Si ella se separa de usted por la circustancia que sea y se va a vivir en otro lugar de España, no puede renovar la residencia porque necesita su autorización.

    Atentamente:
    Jaume

Lina | 2 diciembre 2011

Buenas noches Jaume

Quería preguntarle si el cursillo prematrimonial podríamos hacerlo con mas de 8 meses de adelantado para la boda.

Un saludo y gracias de antemano

    Jaume Ruiz | 2 diciembre 2011

    Hola Lina: Esto depende de los arcisprrestazgos o zonas pastorales. La mayor parte de ellos han optado hasta 6 meses antes de la boda. Esto lo pueden aclarar la parroquia donde ustedes piensen hacer el expediente.

Simona | 2 diciembre 2011

Hola,buenas tardes.Quieria saber q papeles necesito para casarme por la iglesia aqui en España,yo soy de Rumania y mi novio es español.Yo soy ortodoxa espero q no me ponga ninguna pega el cura.el expendiente es diferente al q se hace si te casas por civil,no?muchas gracias

    Jaume Ruiz | 4 diciembre 2011

    Apreciada Simona: En su caso se trata de un matrimonio mixto cristiano, que una de las partes es católicas y esto está previsto por la Iglesia católica. Lo único que al párroco lo agarran por sorpresa ya que no estamos acostumbrados.

    Como tiene que ir al obispado para hacer una declaración que los hijos serán educados católicamente, en la delegación de matrimonio o la de Ecumenismo le diran los documentos que usted debe aportar.
    Su novio su partida de bautismo, certificado de nacimiento y el DNI

    Al casarse por la Iglesia en España, no hace falta que se case por lo civil y l cabo de un año usted puede optar, si quiere, la nacionalidad española renunciando a la suya por estar casado con un español.

Luismi | 29 noviembre 2011

Hola Jaume. Antes de nada, muchas gracias por resolver nuestras dudas. Mi problema es el siguiente. Nos casamos por la iglesia el 7 de Julio. Tenemos todo reservado, iglesia y banquete (todo como siempre lo soñamos y la fecha perfecta). Ocurre que por cuestiones laborales, yo debo trabajar la semana siguiente y no puedo disfrutar de nuestra bien merecida luna de miel (15 días de permiso por matrimonio). Y ahí viene mi pregunta: ¿Podríamos casarnos por la iglesia el día que pretendemos hacerlo y meses después, cuando podamos pedir el permiso, ejecutar el matrimonio civil, para que a efectos legales tengamos derecho a nuestros 15 días de permiso por matrimonio?. O lo que es lo mismo, ¿te puedes casar por la iglesia y más tarde por lo civil, o es imposible?.
Muchísimas gracias por tu tiempo y tus conocimientos

    Jaume Ruiz | 1 diciembre 2011

    Hola Luismi: Como buen catalán voy a ir a lo económico. En principio no hay problema en que se haga doble boda, pero con todos los gastos que conlleva: ¿Usted estaría dispuesto en hacer doble gasto (2 banquetes) o una de las celebraciones lo piensa hacer en la intimidad (sólo el circulo familiar cercano)?

    Lo más lógico es que haga una celebración (la eclesiástica está reconocida por lo civil) y como hacen algunas parejas que se encuentran en su situación trasladar la luna de miel en el mes de vacaciones.

    Apelo a su recta conciencia para que usted decida lo que es más conveniente.

    Luismi | 1 diciembre 2011

    Hola Jaume. Muchas gracias por tu contestación. Lo primero decirte que está claro que no voy a hacer dos banquetes, eso por descontado. Hablo de casarme por la iglesia el 7 de Julio y celebrar el banquete ese día con amigos y familiares (es la boda que nos hace ilusión), y posteriormente en Noviembre hacer efectiva la boda civil, de manera que podamos coger a nivel laboral nuestros 15 días de permiso (en ese momento a lo mucho haría una cena con padres y hermanos, por eso de juntarnos, pero no banquete ni nada parecido). ¿Eso es posible?, y si lo es como me ha parecido entender en su respuesta, ¿como debería hacer el procedimiento?. ¿Debo llegar a un acuerdo con el cura que nos casa?, o ¿dónde debo acudir para que la boda civil no se haga efectiva ese mismo día sino en el mes de noviembre?.
    Muchísimas gracias por la información y perdón por tantas preguntas.

    Jaume Ruiz | 1 diciembre 2011

    Apreciado Luismi: En la parroquia donde se casen piden al sacerdote que no haga el documento que se firma después de la boda llamado “Notificación Civil” ya que en noviembre se van a casar por lo civil. Religiosamente y bajo Dios estan casados y para la sociedad como pareja de hecho hasta el día que se casen por lo civil.

Mariano | 28 noviembre 2011

mi hijo se va a casar por la Iglesia en Méjico,pero van a residir en España.
¿debe casarse por lo civil?.Sé que en España es suficiente el matrimonio eclesiástico pero mi duda surge ya que la ceremonia eclesiástica se celebrará en Méjico.¿Que documentacion y trámites necesito?

    Jaume Ruiz | 1 diciembre 2011

    Apreciado Mariano:

    1) CASO QUE LA NOVIA RESIDA EN MÉXICO Y EL NOVIO EN ESPAÑA

    En México es obligatorio el matrimono civil antes que el eclesiástico.
    Entonces hay que mirar allá los requesitos para el matrimonio civil.
    En cuanto al eclesiástico, lo más seguro que en México le pidan la confirmación y si no la tiene hecha hay unas charlas previas para hacer el sacramento.
    En España se hace el medio expediente, que se enviará a México para complementar con el otro medio expediente.

    DE CARA A LOS PAPELES DE ELLA

    Para que la novia venga a España, se tiene que homologar en el Consulado de España el matrimonio o casarse allá, si el tiempo se demora menos, para que tenga la residencia comunitaria.

    2) LOS DOS VIVEN EN ESPAÑA
    ,
    Se puede hacer el matrimonio civil aquí, el expediente matrimonial aquí y delegar que se casen en méxico por la iglesia. Tramitar la homologación en el consulado de México.

    3) LOS DOS VIVEN EN MÉXICO

    MATRIMONIO CIVIL Y ECLESIÁSTICO EN MÉXICO, el expediente de matrimonio se hace allá.

    DE CARA A LOS PAPELES DE ELLA

    Para que la novia venga a España, se tiene que homologar en el Consulado de España el matrimonio o casarse allá, si el tiempo se demora menos, para que tenga la residencia comunitaria.

    Que ella mire en el consulado de España los requesitos para homologar el matrimonio civil o para casarse en el consulado.

    Don Mariano, como su consulta es imprecisa, no le puedo dar detalle del expediente porque no se si hay que tramitar medio expediente o todo entero para los casos 2 y 3.
    Jaume

Angel | 25 noviembre 2011

Hola Jaume, soy español y mi novia es colombiana de Bogota.
He estado pensando en la mejor forma de poder casarnos aqui en España. Casarse en el consulado en Bogota tengo entendido que se demora bastate y que el trato de ls funcionarios deja mucho que desear.
Estaba pensando en casarme por la iglesia aqui en España y ella con su visado turista ( aunque los estan denegando habitualmente)
Tambien había pensado en enviar un oferta de trabajo como asistenta del hogar demando estos servicios mi padre que tiene una buena situación ecónomica. Usted que me recomienda? Espero su respuesta. Muchas gracias.

    Jaume Ruiz | 27 noviembre 2011

    Hola Angel: Su respuesta la voy a dividir en dos partes para que vea como está la situación.

    1) EXTRANJERÍA:
    Zapatero hace dos años que dió a los consulados latinoamericanos de denegar los visados de turismo y dar a los reagrupados y a los de trabajo en contracto de origen. Zapatero lo hizo por debajo y Rajoy lo hará descaradamente ya que quiere la inmigración regular. La única excepción que hubo fue el encuentro mundial con el Papa en Madrid y en lugar de regresar se hubiese quedado en España como lo hicieron unos 1000 jovenes del 1500000 que vinieron.

    Sobre el contracto de trabajo tienes que considerar 3 cosas:
    -Esté en el catalogo de dificil ocupación en los puestos que ofrecen el gobierno en el INEM de su provincia (se pueda decargar de internet)
    - En el caso que esté, su padre tiene que desmostrar que tiene un patrimonio de 50000€ para hacer un contracto de servicio doméstico.
    - Evitar de una forma camuflada que el gobierno sospeche que ha sido un contracto de choque o falso, pagando la cotización de la seguridad social por un año. (Estoy mirando la boda a unos 6 meses desde su llegada a España)

    LA SOLUCIÖN:

    Viendo las pegas que ponen el Gobierno, lo más lógico es que usted viaje a Colombia se case por lo civil y homologue su matrimonio en el consulado de España en Bogotá, usted puede regresar y ella acabar de hacer el trámite si se demora mucho tiempo. Una vez que ella tenga la residencia comunitaria, se viene para España y hacen el matrimonio eclesiástico.

    Atentamente
    Jaume

    Para la boda eclesiástica hay problemas con los familiares de ella para que vengan a España (visado de turismo) y de esta manera contentan tambien a las dos partes de la familia. La colombiana por lo civil y a la española por la iglesia.

Carmen | 6 noviembre 2011

Hola Jaume,
So Venezolana y mi novio es español, nos queremos casar por la iglesia en Octubre de 2012. Yo tengo visado de estudiante hasta 2013. Tengo algunas dudas que consultarte y espero que puedas ayudarme:
1. ¿Cuáles son los requisitos para la boda eclesiástica? Ninguno ha estado casado antes y sólo queremos casarnos por iglesia en España.
2. Fui bautizada en Venezuela, ¿esa acta qué legalizaciones necesita y en Qué obispado tengo que registrarla?
3. Mi novio fue bautizado en Albacete, vive actualmente en Guadalajara (Castilla de la Mancha) Entonces me queda la duda de en cuál obistado tendría que registrar su acta de bautismo.
4.Mi novio vive en una parroquia de Castilla de la Mancha y yo vivo en Madrid, nos vamos s casar en otra parroquia de Madrid diferente a la mía ¿En este caso donde se hace el expediente?
Muchas gracias por tu ayuda.
Un saludo.
Carmen.

    Jaume Ruiz | 6 noviembre 2011

    Apreciada Camen: El reconocimiento por lo civil del matrimonio eclesiástico se convierte para usted en residente comunitario y esta residencia se renueva con la autorización de su esposo. El tramite para la nacionalidad española es rápido ya que al año de casada solicita la jura de la constitución, conservando usted la nacionalidad venezolana. Esto se tarda unos 15 días después de la boda.

    Más adelante le daré, si usted quiere, la hoja informativa para que la descarge y vea lo que se pide para el trámite.

    MATRIMONIO CANÓNICO

    1) El matrimonio queda registrado en 4 sitios: la parroquia donde ustedes se casan con duplicao en el archivo diocesano, en las parroquias que ustedes han sido bautizados ya que se dan una notificación y en el regitro civil (donde recogerán el libro de familia) y también si desean con la inscripción en el civl pueden hacer el reconocimiento de su matrimonio en el consulado de venezuela.

    2) EL EXPEDIENTE

    - Fotocopia del NIE de usted y del DNI de su novio
    - Fotocopia de la hoja donde consta su novio en el libro de familia de los padres del novio o certificado de nacimiento.
    - El certificado de nacimiento de usted tiene que estar legalizado y pasado por el consulado, ya ue aunque entregue la fotocopia, el original le vale para los tramites de su residencia comunitaria.
    - Partida de baustimo de ustedes dos legalizada por el obispado (el obispado le pone un sello y una firma), la suya no pasa por el consulado.
    - Certificado de usted de solteria, legalizado por el consulado de España..
    - Cursillo prematrimonial

    Estos documentos se presentn en la Parroquia 3 meses antes de la boda.

    TRAMITE DEL LIBRO DE FAMILIA

    - certificado del matrimonio eclesiástico junto con el libro de familiade los padres de él o registro de nacimiento y el suyo que ya lo tiene legalizado.

    TRAMITE DE SU RESIDENCIA

    - Fotocopia del libro de familia de ustedes.
    - El certificado de matrimonio del regstro civil.
    - El resto de documentos que indica la hoja informativa 48,

    Atentamente.
    Jaume

    Jaume Ruiz | 6 noviembre 2011

    el expediente se hace en cualquiera de las tres parroquias.
    1.- Donde vive usted
    2.- donde vive el novio.
    3.- donde ustedes se casan

Patri | 4 noviembre 2011

Hola soy una chica Española, que vive en Belgica. Tengo mi novio Belga y vamos a casarnos el año que viene en España, por la iglesia.
Tengo dudas acerca de si tengo que casarme primero por lo civil aqui en belgica, o con la boda por la iglesia en España sobra, ya estaria legalmente casada en Belgica. (Por que es en Belgica donde vamos a residir y donde quiero que mi boda sea legal)
Otra cosa cuando te casa en España por la iglesia, no necesitas inscribirte como casados en el registro civil? eso te lo hace también la iglesia?
Por favor aconsejeme, por que nadie sabe seguro los tramites que tengo que hacer para que sea mi matrimonio aqui en Bélgica en orden.
Gracias

    Jaume Ruiz castro | 4 noviembre 2011

    La boda por la Iglesia en España es reconocida por lo civil, una vez que está reconocida pasan a inscribirlo en el consulado de Belgica en España.

Andrea B | 3 noviembre 2011

Hola Jaume, en primer lugar gracias por ayudarnos a despejar nuestras dudas antes del matrimonio. Mi novio y yo hemos decidido casarnos el siguiente año somos ecuatorianos los dos, pero tenemos nacionalidad española, queremos casarnos por la iglesia, entonces mis preguntas son: primero tenemos que casarnos por lo civil antes que por la iglesia. Cuales son los documentos que necesitamos traer de nuestro país: partida de bautismo, certificado de soltería, partida de nacimiento (aunque también tenemos la española) y que sellos tienen que tener y si no se nos caducan. Saber también si podemos elegir cualquier iglesia o tiene que ser en donde estamos empadronados. Muchas gracias, saludos Andrea

    Jaume Ruiz castro | 4 noviembre 2011

    La boda por la Iglesia en España es reconocida por lo civil, una vez que está reconocida pasan a inscribirlo en el consulado de Ecuador en España.
    Seria conveniente que trajesen, si la tienen caducada, esa documentación que usted cita, para que una vez que estén inscritos en el registro civil con la inscripción postillada y el certificado de nacimiento de ustedes para que tenga su reconocimiento en Ecuador.
    3 meses antes de casarse tienen que presentar los documentos que usted indica y la fotocopia de su DNI para hacer el expediente.
    Una vez casados les da la hoja para inscribirse en el registro civil.

tania | 29 octubre 2011

Hola soy una chica espanola q vive en italia estoy organizando la boda a distancia no tengo muy claro q documentos hacen falta para casarse por la iglesia mi novio es italiano y no se q le hace falta a el… Gracias

    Jaume Ruiz | 30 octubre 2011

    Antes de casarse por la Iglesia deberá casarse por lo civil, ya que sólo España reconoce la boda por la Iglesia como valido.

    Expediente en Italia:
    - Fotocopias de DNI
    - Partidas de bautismo legalizadas (también la del novio, si la diocesis donde se casa es diferente a la que fue bautizado)
    - Partida de nacimiento legalizada.
    - Cursillo prematrimonial o retiro prematimonial.
    - Certificado de solteria o de boda civil.

    NOTA: Si el novio hace tiempo vive en España, habiendo acordado en Italia los días de las dos celebraciones, el expediente se puede hacer aquí y envirlo a Italia. También ustedes pueden hacer la boda civil en España y la religiosa en Italia.

    tania | 5 noviembre 2011

    Gracias por la informacion si tengo alguna duda te vuelvo a contactar.

mery | 19 octubre 2011

hola jaume .mi novio y yo somos peruanos y nos queremos casar por la iglesia hemos ido a preguntar los requisitos .pero nos an mandado a la catedral de barcelona para conversar con el obispo por el motivo q mi novio solo tiene pasaporte y yo tengo permiso de residencia hay algun inpedimento ya que mi novio no tiene nie muchas gracias

    Jaume Ruiz | 19 octubre 2011

    Hola Mery: En principio no hay problema. Vivo en Barcelona, y si quiere llamarme porque el tema es un poco complejo para exponer ya que viene vinculado todo el tema de extranjeria: si continua el o no continua él sin papeles y la cuestión del sacramento que es la entrevista que tendrán con el obispo para saber si hay verdadero amor para administrar el sacramento y no sea un convenio para arreglo de papeles. Llameme al 659.859.785 para acordar alguna hora por la tarde de lunes a Jueves en PRAHU o un domingo a las 11:00 en la parroquia donde estoy.
    Jaume

Pedro | 19 octubre 2011

Antes de nada agradecer el trabajo que haces ayudándonos. Mi pregunta es la siguiente: Mi novia es americana y como nos queremos ir a vivir a Estados Unidos, primero nos casamos por lo civil para que se vaya tramitando el tema de mi residencia y demás. Eso lo haremos de forma inminente. Por otro lado, tenemos planeado casarnos por la Iglesia el año que viene en julio, ya tenemos la fecha y la iglesia reservada. Mi duda es, ¿hay algún problema por estar casado primero por lo civil cuando empecemos a tramitar la boda religiosa? Gracias!

    Jaume Ruiz | 19 octubre 2011

    Apreciado Pedro: A excepción de España, en todo el mundo es obligatorio el matrimonio civil antes que el matrimonio eclesiástico. Esto viene regulado por el convenio que tiene cada país con la Santa Sede.

cristina | 5 octubre 2011

Hola!yo soy espanola y mi novio peruano,nos casamos en julio de 2012,vamos a lima en enero,podriamos traernos los papeles necesarios de el o nos caducan?nos casamos por la iglesia y el tiene nie de estudiante

    Jaume Ruiz | 5 octubre 2011

    La partidade bautismo legaliada por obispado caduca a los 3 meses, los otros do documetos de certificado de solteria y el registro civil por lo de su nacimiento no se cuando cadcan.
    En pricipio lo pueden traer, ya que metidos en el expediente e cuenta lo ue dura el expediente 6 meses.
    En Febrero o Marzo arir el expediente.
    Jaume

CarmenM | 4 octubre 2011

Hola Jaume, primero agradecerte todo el apoyo que brindas a la gente en estos temas, es el único lugar donde he encontrado información clara. Concretamente soy venezolana vivo en Madrid desde hace 2 años y tengo visa de estudiante, me voy a casar con mi novio que es español por la iglesia. Para el matrimonio civil piden Certificado de soltería legalizado y apostillado y Certificado de Inscripción Consular, entonces quería saber si para el matrimonio religioso también son necesarios estos requisitos.
Otra duda que tengo en con respecto a la parroquia, nos vamos a casar en una parroquia diferente a la de ambos, hay que hacer algún trámite adicional.

Muchas gracias y un saludo,

Carmen.

    Jaume Ruiz castro | 4 octubre 2011

    Hola Carmen: En principio si, porque en Venezuela antes del matrimonio eclesiástico hay que pasar por lo civil, en la partida de Bautismo constaría como soltera y oficialmente está casada por lo civil (si lo hubiese contraido).
    Una vez registrado en el registro civil el matrimonio eclesiástico lo puede homologar en el consulado de Venezuela y tramita la residencia Comunitaria por estar casada con un español.

    En la Parroquia donde se van a a casar tienen que tener apalabrado el día de la celebración y en la Parroquia donde hacen el expediente les da la autorización para casarse donde quieran casarse.
    Jaume

Pepe | 2 octubre 2011

buenas tardes.Mi novia en de Estados Unidos y yo español.Ella esta de forma legal en España.Nos queremos casar por lo religioso primero en España y luego en Estados Unidos.La pregunta es ¿se puede o hay alguna dificultad?.Gracias

    Jaume Ruiz | 3 octubre 2011

    Señor Pepe esto lo debe consultar en el consulado o embajada de EEUU, porque el matrimonio eclesiástico tiene en España su reconocimiento civil y se puede homologar en el consulado de EEUU. Allí pregunte: ¿Se puede casar uno con la mism persona que se casó en España en USA siendo ella de ciudanía americana?. Documentación para ello.

    Ella modificaría su residencia a Comunitaria por estar casad con usted y no e como va la ley de extranjería por allí.
    Atentamente
    Jaume

Carol | 27 septiembre 2011

Mi novio es de Cordoba ( pero nacio en Sevilla) y yo soy Francesa. Los dos vivimos y estamos empadronados en Madrid. Nos queremos casar el año que viene por la iglesia en Cordoba y no sabemos muy bien donde y como abrir el expediente de Matrimonio.

Nos podra confirmar los pasos que seguir?
Es necesario ir a nuestra parroquia de Madrid? Los testigos del expediente tienen que tener la misma nacionalidad que nosotros?

Muchas gracias de antemano!

    Jaume Ruiz | 27 septiembre 2011

    Cherie carol : j’espère que, après avoir reçu cette réponse, elle est de son plaisir.
    En primer lugar tienen que hacer la reserva de la Iglesia para la celebración. Una vez reservada, en la parroquia donde vive usted o la de su novio se abre el expediente.

    DOCUMENTOS

    1.- Certificado de bautismo legalizado por la diocesis donde ustedes fueron bautizados (Vous avez à le solliciter dans la Paroisse où elle a été baptisée en France et son fiancé dans la Paroisse où il a été baptisé dans Cordoba)

    2.- Certificado literal de nacimiento. (Dans ce certificat de naissance il y aura une note si vous fûtes mariés par le civil en La France ou elle il n’a pas été. Dans quelques endroits ils demandent un certificat de célibat.)
    En el caso de él basta una fotocopia del libro de familia de sus padres, la hoja en que esta registrado.

    3.- Fotocopia de su NIE y el carnet de identidad de su novio.

    Cela est tout. Je reste à sa disposition.
    Jaume

    Jaume Ruiz | 27 septiembre 2011

    Sobre los testigos del expediente, da igual la nacionalidad. Se trata de personas qe hace tiempo conoce a la pareja.

Rocío | 19 septiembre 2011

Hola, buenos días a todos.
Me caso en Octubre de 2012 en mi pueblo (soy de Sevilla pero llevo 4 años viviendo en Segovia). Tengo un hijo con mi pareja y queremos casarnos y ampliar la familia. Mi pregunta es la siguiente: Me piden una autorización del párroco al que pertenezco ¿al irme a vivir fuera tendría que pedirle la autorización al párroco de mi barrio aunque la Comunión la hice en la parroquia que me quiero casar? No estoy confirmada ¿Es necesario que me confirme antes de casarme?
Un saludo y muchísimas gracias

    Jaume Ruiz | 19 septiembre 2011

    Hola Rocio: Voy a dividir la respuesta en dos partes.
    A) Tramites administrativos: El expediente se puede hacer en la Parroquia de la Novia, en la Parroquia del Novio o donde piensan casarse. En la parte final del expediente hay la parte que se autoriza a celebrar la boda en otra parroquia e incluso la autorización de un sacerdote externo. Entonces reserven día y hora en la Parroquia que se quieren casar y donde hagan el expediente lo comunican,

    B) Sobre la Confirmación: Según el derecho canónico tiene que estar confirmada, en la mayor parte de los casos muchos están sin confirmar. Depende de obispados o arciprestazgos: Algunos hacen caso omiso de la norma y otros hacen unas charlitas para preparar a la pareja para la confirmación.
    Atentamente:
    Jaume

David | 17 septiembre 2011

Tengo casi una relación de 2 años con una ecuatoriana, el primer año vivimos juntos ya que ella vino a estudiar a España, luego se tuvo que regresar a su país ya que no pudo renovar su visado de estudiante. Ahora deseo casarme con ella, pero en su país me piden que debo tener un tiempo de permanencia de 72 días para poder casarme. Por ello, deseo saber si nosotros podemos casarnos en España por el Eclesiastico si ella llegase a venir con un visado de turismo, ya que me han indicado que no nos podemos casar el Civil, ya que debe tener un tiempo de permanencia de 2 años. Agradecería muchisimo que me ayudes con los requisitos para casarnos por el Eclesiastico y cuales serían los pasos a seguir. Gracias

    Jaume Ruiz | 19 septiembre 2011

    Como experto en extranjeria, le tengo que decir que se están denegando muchos visados de turismo que tengan una carta de invitación. Por otra parte el tiempo mínimo para hacer un expediente es de tres meses. Corre el riesgo que el gobierne sospeche que sea un matrimonio exprés (recién llegada como turista) y el gobierno pide al obispo que los examinen para ver si hay verdadero amor y se casan.

    Soluciones:
    1.- Pida usted excedencia por un año en su trabajo y se hace residente por un año en el Ecuador y se casa.
    2.- Ella venga con visado de Estudiante y se casan aquí.
    Atentamente:
    Jaume

Juan Martinez | 6 septiembre 2011

Mi novia es rusa y queremos casarnos por la iglesia. Un matrimonio mixto.
Tiene ella que hacer el cursillo prematrimonial?
Lo podemos a hacer en distinta parroquia de la de la boda?
cuanto dura el cursillo?

    Jaume Ruiz | 6 septiembre 2011

    El curso se hace en la parroquia que el arcisprestazgo o la vicaria de pastoral haya designado. Por lo tanto donde ustedes hagan el expediente les dirán donde hacen el curso.

    El curso es de 5 días de unas dos horas cada día y hay casos que por motivos de agenda puede ser un fin de Semana.

    Los temas que abarcan es desde la psicologia de la pareja como realidad propia y autonoma, la interrelación con los hijos y el ultimo tema es la cuestión del matrimonio cristiano. Es interesante que tengan unos conocimientos que les ayuden hacer un discernimiento real al redescubrir algunas actitudes negativas que han salido a flote. No tomen el curso como algo impuesto para cubrir el expediente.

Paola | 15 agosto 2011

Hola buen día,

Mi novio se encuentra en España estudiando hasta el próximo año y yo llego en Octubre igualmente para estudiar hasta el otro año y nos queremos casar inmediatamente cuando yo llegue, no queremos esperar más tiempo. Ambos somos de otro país, solo estaremos por estudio. Nos podemos casar en España? Qué documentos necesitaríamos? Muchas gracias y saludos.

    Jaume Ruiz | 17 agosto 2011

    Soliciten:
    -Certificado de baustismo legalizado por la diocesis.
    _ Certificado de solteria.
    (Se lo lleva a España). Su novio que solicite lo mismo.

    Estos documentos junto con el NIE pueden abrir el expediente y hacer elcurso prematrimonial en España,

Oscar | 11 agosto 2011

Mi pareja es Rumana, estuvo casada y actualmente esta divorciada legalmente. Queremos casarnos por la iglesia catolica, nos podriamos casar o tendriamos que hacer algún trámite. Si al final, decidieramos casarnos por la iglesia ortodoxa, que requisitos necesito

    Jaume Ruiz | 11 agosto 2011

    Apreciado Oscar: su correo es impreciso por falta de datos pero voy a darle varias posibilidades de respuesta.
    1) En el caso que ella sea ortodoxa o protestante, lo que se hace e un matrimonio mixto, declarando ella que los hijos serán educados según la religión católica. El expediente es normal y se añade esta declaración..

    2) Si es católica, el expediente que se hace en la parroquia es normal.

    CASO DEL DIVORCIO:

    1) Si el anterior matrimonio fue por lo civil, es el caso de la Princesa Leticia, se le considera que es soltera y no hay problema para casarse. Los protestantes no tienen sacramento del matrimonio, es una bendición de los esposos y por lo tanto sólo tienen matrimonio civil.

    2) Si la celebración fue por la Iglesia católica se debe anular el matrimoio canónico, para casarse de nuevo.

    3) Si fue en la Iglesia ortodoxa, se tendría que mirar en la delegación de Ecumenismo y presentar el caso, aunque creo que se tiene que hacer la nulidad de matrimonio en la Iglesia Ortodoxa

claudia | 9 agosto 2011

hola, os comento un poco mi caso, yo soy de venezuela y mi marido es español, nosotros nos casamos por civil en venezuela y se introdujo el matrimonio en el RRCC de Madrid en marzo, tengo entendido que tarda aproximadamente 2 años, mi pregunta es la siguiente, si nos queremos casar por la iglesia en españa, se puede? he estado averiguando y me lleve con la sorpresa de que no se puede, ya que en españa el matrimonio eclesiastico no es valido.. como hariamos nosotros? tendriamos que retirar los documentos del RRCC en caso de que se pueda? o tendremos que esperar?
gracias

    Jaume Ruiz | 10 agosto 2011

    El matrimonio eclesiástico va a parte del matrimonio civil en todos los países; lo que pasa que aquí está reconocido civilmente. Se pueden casa por la Iglesia en España y presentar el certificado de matrimonio al registro civil, en un mes está reconocido como tal. Y usted tendria la residencia comunitariapor el hecho de estar casado con un español.

Esmeralda | 20 julio 2011

Hola,mi duda es la siguiente:
un buen amigo realizo un matrimonio eclesiastico hace mas de cuatro años,no duro mas de dos años e hizo un divorcio express,no tenian hijos y no tiene nada que les una,el me comenta que al quedar todo anulado podria casarse de nuevo por el ritual catolico y yo discrepo con el, ya que tengo entendido que por la iglesia el oficio es para todo la vida y en su excepcion, solo es posible si existe la nulidad que la concede La Santa Rota, siempre que se alege motivo,me gustaria que me aclarasen la duda y me confirmasen si es posible casarse dos veces por la iglesia solo con un divorcio.
un saludo y muchas gracias

    Jaume Ruiz | 21 julio 2011

    Apreciada Esmeralda: Todas las diocesis tienen su tribunal eclesiástico. Allí puede consultar, en su propia diocesis. No puedo dar un dictamen por falta de datos. Pero al no ser el matrimonio ratificado, supongo que el tribunal eclesiástico diocesano le puede dar la nulidad y si la sentencia de divorcio coincide con los casos que la Iglesia concede la nulidad.
    Atentamente
    Jaume

Vicent | 1 julio 2011

Hola, muy buenas. Quería preguntar cual es la documentación necesaria que debo presentar para mi boda. Yo soy español y mi novia es peruana. Nos casamos en Perú, tanto por civil como por religioso, y despues nos vendríamos a vivir a España. Tambien quisiera saber si es obligatorio estar confirmado, pues la boda es en septiembre y no se si daría tiempo a confirmarme. Muchas gracias de antemano.

    Jaume Ruiz | 1 julio 2011

    Hola: Si la novia hace tiempo que vive en españa, se hace todo el expediente aquí y se envía al Perú. Si hace poco tiempo que está se jhace medio expediente aquí yel otro medio en Perú (preguntar en la Parroquia)
    Una vez casados homologar el matrimonio en el consulado de España, para que sea reconocido aquí y ella tenga la residencia comunitaria.

cristina | 16 junio 2011

hola jaume!mi pregunta es que papeles necesita mi novio que es peruano para casarse en españa, la boda es en julio de 2012, vamos a peru estas navidades y queremos saber si ya podemos traernos los papeles ya que no volveremos mas hasta despues de la boda y cuales son esos papeles que necesita.
El es medico y esta haciendo la residencia de ginecologia aqui en españa, tiene NIE.
muchas gracias!

    Jaume Ruiz | 16 junio 2011

    El tramite del expediente son tres meses antes de la boda; pero en Marzo ya puede empezar a preparar los papeles de Perú porque hay que legalizarlos. No obstante iría hablar primero con su párroco, porque depende del tiempo que lleve en España, todo se hace aquí o la mitad del expediente en Perú y la otra mitad aquí.

    A efectos civiles, el matrimonio canónico es reconocido por lo civil y el cerificado civil se puede presentar en el consulado de Perú para que sea reconocido en ese Estado.

    Su novio obtiene la residencia Comunitaria y eso le permite estar a tiempo ilimitado y trabajar en cualquier país de la UE. Al cabo de un año puede tramitar la nacionalidad española obteniendo la dobre nacionalidad.

    DOCUMENTOS PARA EL EXPEDIENTE (Si todo se hace en España)

    1.-Fotocopia del DNI y del NIE del contrayente.
    2.- Certificado de nacimiento y en el caso de usted Cristina puede ser la fotocopia de su hoja del libro de famila de sus padres.
    3.- Partida de bautismo. (Quizás pidan el certificado de soltería de él por si tiene matrimonio civil)
    4.- Curso prematimonial.
    5.- Dos personas mayores de 18 años que les conozca para declarar,

    Atentamente:
    Jaume

Lina | 16 junio 2011

Buenas noches Jaume
Mi pareja es de Costa Rica y yo soy Española, llevamos mas de 3 años juntos y deseamos casarnos por la Iglesia en Jaén, nos gustaría saber cuales serían los documentos y/o tramites que debemos preparar para poder casarnos y también si hiciésemos el curso prematrimonial en Costa Rica sería válido aquí en España.

Un saludo y gracias

    Jaume Ruiz | 16 junio 2011

    En principio hay que saber la normativa del obispado, ya que no especifica si su novio tiene papeles o no. Para evitar los matrimonios de choque que multan a las parejas que lo hagan:Hay diocesis que han optado en que tenga la parte no española residencia legal y en otras pasan por una entrevista para saber si se da las garantías que hay verdadero amor, y se celebra el sagramento.

    A efectos civiles, el matrimonio canónico es reconocido por lo civil y el cerificado civil se puede presentar en el consulado de Costa Rica para que sea reconocido en ese Estado.

    Su novio obtiene la residencia Comunitaria y eso le permite estar a tiempo ilimitado y trabajar en cualquier país de la UE. Al cabo de un año puede tramitar la nacionalidad española obteniendo la dobre nacionalidad.

    DOCUMENTOS PARA EL EXPEDIENTE

    1.-Fotocopia del DNI y del NIE o pasaporte del contrayente (depende de la situación legal de él)
    2.- Certificado de nacimiento y en el caso de usted Lina puede ser la fotocopia de su hoja del libro de famila de sus padres.
    3.- Partida de bautismo.
    4.- Curso prematimonial.
    5.- Dos personas mayores de 18 años que les conozca para declarar,

    Atentamente:
    Jaume

    Lina | 16 junio 2011

    Hola Jaume
    Mi pareja no tiene papeles ya que él no vive en España, estamos viajando continuamente para vernos. Yo soy la que va a empezar a preparar los papeles para irme a Costa Rica, pero nos encantaría casarnos en mi pueblo ya que soy yo la que se va a ir para allá.

    Un saludo y gracias

    Jaume Ruiz | 16 junio 2011

    De cara a la venida de él a España se tiene que tramitar el visado de Turismo en el consulado de España. Tendrás que mirar los requesitos que piden en el consulado. Una vez casados homologuen su matrimonio en el Consulado ( no se el tiempo que se tarda la homologación; porque si se demora demaseado, tendrá que solicitar un visado de residente, ya que su permanencia es de tres meses como turista)

    TRAMITES:

    Al ser dos diocesis diferentes: En cada diocesis se hace el medio expediente. Por lo tanto el curso lo puede hacer allà.
    El medio expediente de Costa Rica lo envian para adjuntarlo con el suyo y lo llevan a la Parroquia donde se casan.

    CONSEJO:

    1.- Hablar con su párroco sobre el tema, yo no tendría inconveniente para hacerlo, pero no es mi jurisdicción.
    2.- Una vez casados tramitar la Residencia Comunitaria de él, por si en el futuro vuelven a España. La renovación lo pueden hacer en el consulado de España de San José.

    Si quiere hablar en privado sobre el tema no dude en llamar al 659.859.785.

    Atentamente:

    Jaume

Mary | 15 junio 2011

Padre, me podría decir si es necesario que los padrinos de los novios tienen que ser mayores o menores de edad a os contrayentes?

    Jaume Ruiz | 16 junio 2011

    Mayores de 18 años

laura | 4 junio 2011

Hola, me gustaría saber si el padrino y la madrina tiene q ser obligatorio dos personas de distinton sexo pues a ambos nos faltan la figra paterna y nos gustaría llevar a nuestras dos madres. Esto sería posible?

    Jaume Ruiz | 4 junio 2011

    Hola:Una cosa es la protocolaria y otra la real, entonces el protocolo se adapta a la realidad de ustedes. Hay una segunda entrada en la celebración, poco usual que resalta que ustedes son los ministros del sagramento y entrarían en procesión detrás del cura.

    Por lo tanto pueden entrar con sus madres, o bien ustedes solos con el sacerdote.

Jaume Ruiz | 15 mayo 2011

El sacramento de confirmación, complementa la iniciación cristiana, la lleva a su plenitud. Sería deseable que el catolico lo haya recibido.
El 99% de católicos que se casan no están confirmados y si fuera un impedimento, usted no estaría casada por la iglesia.

La nulidad de matrimonio es demostrar que entre ustedes no hay verdadero amor y fue pu comea lo que hicieron ante el altar.

susana | 14 mayo 2011

Yo estoy casada, por la iglesia pero no he realizado el sacramento de la confirmación puede ser nulo este matrimonio

Jaume Ruiz | 21 abril 2011

Unos días previos a la boda se hace la primera comunión o la Confirma, habiendo pasado por alguna charla.

Sobre el tema de extranjería: Se han dado casos de fraude de gente que han contraido matrimonio por la Iglesia, la persona ilegal pagó a la persona legal para casarse y bajo una aparencia de normalidad el cura creyó que se celebraba un sagramento por que hay verdadero amor.

Para evitar esto, en algunas Diocesis como la de Barcelona, hay una pequeña entrevista con el obispo para ver si se da las condiciones naturales para casarse que hay verdadero amor y si el resultado es positivo hay autorización para la celebración religiosa. Consulten en su Parroquia

fernanda | 20 abril 2011

Hola me gustaria saber si hay algun problema si me queiro casar sin tener la primera comunion y la confirmacion me lo podrian negar por eso? y me otra pregunta es al no tener documentacion legal en españa me puedo casar igualmente por la iglesia o tambien me lo podrian negar por eso?
Esperara la respuesta muchisimas gracias.

Alberto | 12 abril 2011

Hola, en mi caso nos queremos casar por la iglesia catolica yo que soy cristiano y catolico y mi novia que es ortodoxa. Mi pregunta es facil, ¿que necesito para solicitar el matrimonio? y sobre todo, ¿que necesita ella?. Por cierto, ¿yo podria ir ya a solicitar fecha en la iglesia aunque no tuviera la documentacion necesaria aqui?. Lo digo porque luego se tarda mucho en que te den la fecha y queremos casarnos ya para crear una familia cuanto antes. Gracias, rogaria que me enviase las respuestas a mi e-mail.

    Jaume Ruiz | 12 abril 2011

    Pregunte en la delegación de ecumenismo como están los acuerdos con la iglesia ortodoxa de ella. Aunque en principio no veo ningun problema porque a excepción del Papa si tiene o no tiene que estar en Roma comparten la misma fe y celebran los 7 sacramentos

Jaume Ruiz | 27 marzo 2011

En España, a diferencia de otros países no es necesario casarse por lo civil.
A final de la celebración firman ustedes un papel que hay que presentar al registro civil, que constará que han hecho ustedes matrimonio religioso (canónico) y les da el libro de familia.

Manuel | 27 marzo 2011

Hola, me caso el mes que viene, por la iglesia. Hay que firmar algún documento en el registro civil, o en el juzgado antes de la ceremonia?. Los expedientes ya los hemos hecho y estan en el obispado hay que hacer algúnpapel mas?? Muchas gracias y un saludo

Jaume Ruiz | 19 marzo 2011

Hola Cristina:

- certificado de bautismo de ustedes dos (el de él tiene que estar sellado por la diócesis de su país)
- Fotocopia de su DNI y en el caso de él de su NIE o pasaporte (en el caso que esté irregular en España hay que pasar por una entrevista con el obispo para asegurase que hay verdadero amor y no se utiliza elsacramento para arreglo de papeles)
-Certificado de nacimiento (en usted puede ser la hoja del libro de familia de sus padres que usted constan) y en el de él tiene que estar legitumado.
-Certificado de soltería de él.
Estos dos documentos últimos documentos se piden por el Consulado de Perú.
Si tienen alguna duda llamen al 659.89.785…

cristina | 15 marzo 2011

hola!soy española y me caso con un peruano que esta trabajando aqui en españa, nos casamos en españa, mi pregunta es que papeles necesitamos? y el por ser peruano que papeles necesita? cuando caducan? hay que ir a lima para obtenerlos?muchisimas gracias

    Jaume Ruiz | 19 marzo 2011

    Hola Cristina: Mi celular es: 659.859.785

Mercedes | 13 marzo 2011

Hola Jaume,
Soy Española y mi novio de EEUU. Llevamos muchos años juntos y estamos preparando nuestra boda para casarnos por la iglesia en España este verano.

Mi visado de estudiante en EEUU se acaba ahora y si no me renuevan el contrato que tengo tendría que irme de EEUU y a saber cuando podría volver como legal o cuando podría volver a trabajar (las leyes de inmigarción son muy complicadas aquí incluso si estás casado con un ciudadano americano).
Según nuestro abogado la mejor solución es que nos casemos aquí para poder gestionar mi “green card” antes de que se acabe mi visado.

Estamos desesperados porque nos han dicho unos amigos de España que ellos se casaron aquí por lo civil y cuando quisieron casarse por la iglesia en España todos los curas se negaron porque ya estaba casados. ¿Es eso cierto? ¿Si nos casamos ahora por lo civil después no podríamos celebrar nuestro matrimonio por la iglesia? Muchos de nuestros invitados ya tienen los billetes de vuelo comprados para ir en verano a la boda :-(

Os agradezco si alguien me pudiese decir.
Un saludo

    Jaume Ruiz | 19 marzo 2011

    Hola Merche:
    1) Ignoro como está la ley de extranjería en USA, ya que en España un vez casados el extranjero obtiene la residencia comunitaria por el simple hecho de estar casado con un español y recibiría el mismo trato que un extranjero de la UE vaya a trabajar a España o usted a cualquier país de la UE, entonces la estancia de él es ilimitada.Lo digo porque usted no me aclara si están casados por lo civil allá o cadauno tiene una boda anterior por lo civil, Aunque haya un estado de USA que admita la poligmia, en España no se admite y por lo tanto la unión anterior se debe anular.

    2) En el caso que estén ustedes dos casdos por lo civil en USA pueden hacer ustedes dos cosas: Homologar su matrimonio en el consulado o embajada española para que sea reconocido en España, o casarse por la Iglesia en España que tiene su reconocimiento a efectos civiles y en esto no hay que tener ningún problema ya que en la mayor parte de países hay que casarse por lo civil antes de casarse por la iglesia.

    3) En el caso que esten solteros y se casen por la Iglesia en España, una vez que tengan registrado el matimonio eclesial en el registro civil y su novio obtenga la residencia Comunitaria homologen su boda en el Consulado o Emabajada de EEUU en España.

    4) Por su situación de estancia en USA (Visado de estudiante), tiene la obligación de renovarla para que no se quede irregular allí y pueda salir y entrar a EEUU sin probemas. Pero mi ignoracia está que no se si la ley de extranjería gringa prevé un cambio de estatuto del extranjero .como lo tiene la española.

    Mercedes | 19 marzo 2011

    Muchas gracias Jaume,
    esto nos aclara todo.
    Estamos los dos solteros. Nuestra boda en la iglesia de España está prevista para Julio, pero nos pensamos casar antes aquí por lo civil (antes de que se acabe mi visado). La duda que teníamos es que pensamos que quizás no nos dejarían casarnos por la iglesia en julio (en España) si ya estábamos casados por lo civil. Pero según nos cuentas no debería haber problema.
    Muchísmas gracias por tu respuesta. Un saludo

cristina | 11 febrero 2011

Hola a tod@s
¿Qué cuestiones se tratan en los cursillos premetrimoniales?

    Jaume Ruiz | 12 abril 2011

    Desde la sociologia y psicologia de la pareja hasta llegar a lo que puramente cristiano y celebrativo

Jaime Flores | 6 febrero 2011

Hola Jaume.
Me casare en septiembre de este año, y mi duda es la siguiente:
- me solicitan certificado de bautizo.
Yo soy Peruano, pero tengo la nacionalidad Española.
- la certificacion literal es lo mismo que la partida de nacimiento de mi pais de origen, ya que ahi constan los datos de nacimiento.
- el certificado de bautizmo caduca, si es así en cuanto tiempo?
- es lo mismo certificado de bautizmo que partida de bautizo?
por favor agradeceria la respuesta.
muchas gracias.

    Jaume Ruiz | 7 febrero 2011

    El cerificado de bautismo, sellama tambien Partida de bautismo.
    El certificado o partida de Bautismo tiene que estar compulsada por el obispado y caduca a los tres meses. Pero una vez que forma parte de expediente caduca todo el expediente a los 6 meses

beatriz | 5 febrero 2011

Me llamo Beatriz soy española y mi novio es italiano,nos casamos en españa el dia 30 de abril pero no se aclaran cuando nos dan las informaciones de como llevar el papeleo: tiene que hacer el papeleo mi novio italiano en italia y yo en españa y llevarlo a la parroquia donde nos casamos y al obispado de malaga que es donde yo estoy empadronada y donde nos casamos o como debemos hacer,la verdad es que ya estoy desesperada porque ahora mismo los papeles de el los tenemos en regla y los mios tambien…solo que los cursillos prematrimoniales los hicimos en italia,y nos dicen que hay que hacer los dichos en italia y de ahi traerlos a españa…y la verdad no entiendo ya nada…si me lo pudiera alguien poner en plan esquematico pasos a seguir uno por uno lo agradezco en el alma porque al final veo que no me caso…muchisimas gracias

    Jaume Ruiz | 7 febrero 2011

    1) Cuando son dos diocesis diferentes se tramita el medio expediente para la diócesis donde se van a casar o se está haciendo la otra mitad del expediente. Dedujo que su novio tiene poco tiempo en España, o si nó se haría todo el expediente aquí.

    2) El curso prematimonial se puede hacer en cualquier sitio y siempre hay que llevar el certificado conforme está hecho

    Documentos:

    Partida de nacimiento suya o fotocopia del libro del bautismo.
    Partida de Bautismo
    Fotocopia de su DNI
    Certificado de cursillo
    El medio expediente que viene de Italia que está sellado por el obispado de origen.

Esmolante | 12 diciembre 2010

¿Cuál es la doctrina de la Iglesia Católica sobre el matrimonio? Algunas cosas que no se suelen contar en los cursillos prematrimoniales:
Casarse por la Iglesia

    Jaume Ruiz | 19 marzo 2011

    1) El matrimonio es indisoluble, no se puede romper. En caso que se haya hecho una comedia en el altar es nulo, no hay tal sacramento.
    2) En principio es entre católicos. Pero se puede dar el caso del matrimonio mixto, si la parte no católica esté deacuerdo que sen los hijos educados católicamente,
    Nulidades: Consaguinidad, parentivo legal, menor de edad, rapto, incesto… determinados casos de divorcio que pueden dar la certeza que el matrimonio es nulo….

Maria | 29 septiembre 2010

Hola soy española y me voy a casar en ecuador por lo eclesiastico que requisitos necesito

    Jaume Ruiz | 30 septiembre 2010

    1.- El eXpediente se hace aquí y se envia a Ecuador.
    2.- En Ecuador se haa un pequeño problema, ya que el matrimonio eclesiástico no está reconocido por lo civil. Allí se casa por lo civil y luego por la Iglesia.
    3.- Anotar en la Embajada española el matrimonio eclesiástico, para que su boda esté reconocida en españa

gonzalo | 23 junio 2010

Hola. Tengo una duda bastante urgente:

Mi novia, con la que llevo ya 4 años, le vence el visado de estudiante el proximo mes. Ella es peruana y yo español, y tanto ella como yo tenemos hechos todos los sacramentos.

El tema nos urge porque queremos casarnos por la iglesia y no sabemos que documentacion debemos aportar.

Un saludo.

Jaume Ruiz | 14 abril 2010

A: Rosa y Edison

- Partida de Bautismo
- Certificado de nacimiento
- Fotocopia del DNI
- Cursillos pre-matrimoniales.

Con la partida, el certificado de nacimiento y la fotocopia del DNI se presentan para hacer el expediente.

Una vez casados van al registro civil para inscribir su matrimonio con el certificado de la Iglesia. Luego van a su embajada o consulado para que quede reconocido en su país.

Jaume

    rosa y edison | 27 mayo 2010

    hola jaume muchisimas gracias por tu ayuda si alguna vez nesecitas saber algo sobre viajes a ecuador orecomendaciones sobre que sitios visitar escribenos y te ayudaremos un saludo

rosa y edison | 13 abril 2010

hola queremos saber que requisitos nesecitamos para casarnos aqui en madrid los dos tenemos la nacionalidad española pero somos de ecuador por favor agradeseriamos que nos contestaran gracias.

jaume Ruiz | 11 abril 2010

Maite:se tiene que hacer medio expediente en italia y el otro medio en Espanya y el medio expediente italiano enviarlo a espanya para complementarlo.

Si ustedes se casasen en italia hqriq falta el matrimonio civil antes del eclesiàstico. aqui no hqce falta el civil.

Una vez que tengqn registrado el matrimonio en el registro civil lo registran en el consulado italiano para que seq reconocido por el gobierno italiano

Maite | 23 marzo 2010

Mi consulta es la siguiente: soy española residente en Madrid y me voy a casar con un italiano. Él reside en Turín. Somos los dos católicos. Nos vamos a casar en Segovia. Cuáles son los trámites y la documentación que debemos realizar y presentar? Gracias

rosario | 27 febrero 2010

hola, mi pregunta seria yo soy casada hace 7 años el civil ahora hemos decidido casarnos por la iglesia,en mi empresa no me dan los 15 dias porque soy casada me gustaria si me correspondiera a que articulo basarme ya que el corte ingles siempre ponen sus leyes, cuando mecase no estaba en esta empresa ni tampoco difrute mis dias, me gusaria ya que es un dia muy especial para nosotros

maría | 14 diciembre 2009

Tenemos una duda,nos queremos casar por la iglesia,estamos bautizados por la iglesia, pero uno de nosotros no tiene hecha la comunión,y la confirmación ninguno de los dos.Puede negarse el cura a casarnos??

ana elizabeth | 14 diciembre 2009

hola mi nombre es ana y quiero haserles una pregunta.
me quiero casar pero mi novio es otra nacionalidad,esto no nos inpide haserlo,cuanto tiempo duran darnos fecha para la boda.o nosotros podemos poner fecha de casamiento.
un cordial saludo
gracias.

brisa | 26 octubre 2009

disculpe tengo una consulta soy casada por lo civil pero separada y tengo otra pareja y nos queremos casar por la iglesia se puede pero no me he divorciado todavia lo que pasa es que mi actual pareja es muy creyente y lA VERDAD nos amamos mucho necesitamos estar juntos ante los ojos de Dios.por fa respomderme me encuentro desesperada. Gracias

    Jaume Ruiz | 30 septiembre 2010

    Se tendria que mirar su caso, si se puede anular el matrimonio para casarse por la iglesia

jose fernandez | 24 septiembre 2009

Soi catolico y mi pareja reformista que decumentos necesito para casarme por la iglesia
Jose

    Jaume Ruiz | 30 septiembre 2010

    En su caso se llama matrimonio mixto. Se puede casar por la Iglesia pero la parte no católica, en este caso la reformada, tiene que firmar un documento delante del obispo conforme se compromete que los hijos sean educados en la fe de la Iglesia.

Caperika | 3 junio 2009

Somos de Madrid y nos vamos a casar por la iglesia en otra ciudad.

Tengo dos preguntas:

1.-¿Como debemos gestionar que nuestro matrimonio se inscriba en el Registro Civil de Madrid y no en el de la ciudad en la que nos casamos?

2.-Al Obispado de la ciudad en la que nos casamos ¿se lleva solo el atestado de libertad o también hay que llevar todo el expediente, certificados… etc?

Muchas gracias por su ayuda,
un saludo.

    Jaume Ruiz | 30 septiembre 2010

    El expediente se hace en la Parroquia del novio o en la parroquia de la Novia. Lo otro depende si la parroquia donde se casan peternece a otro obispado o no.

    En la Parroquia que hagan el expediente les informarán,

Dawn | 1 mayo 2009

Buenas noches,

Es posible casarse por la Iglesia sin estar bautizado y profesando otra religión. Lo único es que el cónyuge cristiano debe prometer que educará a sus hijos en la fe cristiana y que los bautizará.
Te dejo este link para que te informes un poco mejor:

http://bodaestilo.com/blog/casarse-por-la-iglesia-sin-estar-bautizado/07-04-2009/

Además, si buscas por la red, hay algunos impresos ya hechos (por si te quieres fijar en las cláusulas que contemplan ;D)

Un saludo

mer | 12 febrero 2009

Me caso por la Iglesia y me han dicho, amig@s, que antes de la boda hay que dirigirse al Registro Civil para solicitar algún tipo de solicitud, ¿es eso cierto? porque yo pensaba que era después de casarse. Gracias.

    Jaume Ruiz | 30 septiembre 2010

    Si no se tiene la fotocopia de la hoja donde ustedes constan en el libro de familia. Hay que solicitar un certificado de nacimiento. La inscripción de la boda se hace una vez casados

melisa | 10 febrero 2009

ante todo muy buenas tardes..mi consulta es la siguiente uno de nosotros es catolico y el otro judio…pero queremos casarnos por iglesia….podemos? gracias atte

    Jaume Ruiz | 30 septiembre 2010

    En su caso se llama matrimonio mixto. Se puede casar por la Iglesia pero la parte no católica tiene que firmar un documento delante del obispo conforme se compromete que los hijos sean educados en la fe de la Iglesia.

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