Régimen económico para el matrimonio

Régimen económico para el matrimonio

Cuando una pareja prepara su boda, conviene hablar del régimen económico que desean para su matrimonio. en españa básicamente hay dos:

- Régimen de gananciales

Todos los bienes adquiridos a partir de la celebración del matrimonio son de los dos miembros.

Régimen económico para el matrimonio

En los matrimonios en los que sólo uno de los dos trabaja es el que más interesa, puesto que en caso de separación o divorcio se podría producir un fuerte desequilibrio patrimonial a favor del que realiza el trabajo fuera del hogar.

Pero no interesa cuando uno de los cónyuges tiene deudas previas al matrimonio, ya que los aceredores podrían cobrar de los bienes de gananciales.

- Régimen de separación de bienes

En el que cada cónyuge es dueño de los bienes que aporta al matrimonio y de los que ingresa mientras dura el mismo. Resulta interesante en parejas donde ambos trabajan y tienen sueldo equiparable.

También interesa a aquellas parejas en las que uno de los dos tiene deudas contraídas con anterioridad, ya que el patrimonio familiar no se ve comprometido.

Cuando no se decide o no se pacta, rige el régimen de gananciales, salvo en las comunidades autónomas de Baleares y Cataluña (el régimen básico es el de separación de bienes) o en aragón, Navarra, Álava y Vizcaya que cuentan con derechos forales propios.

Existen bienes en el régimen de gananciales que no son de ambos cónyuges, se les llama privativos es decir, que son propiedad de cada uno de los esposos y son:

- Lo que tenía cada uno antes del matrimonio.

- Los recibidos después del matrimonio bien por herencia, donación o legado.

- Los que cada uno adquiere por sustituir a alguno de los anteriores.

Por ejemplo si tenía un piso antes de casarse y decide venderlo para, con ese dinero comprarse una finca, ésta no forma parte de los bienes gananciales.

- La ropa y eneseres personales que no sean de excesivo valor

- Los instrumentos necesarios para el desarrollo de una profesión o un oficio.

El problema es demostrar qué bienes pertenecían a cada cónyuge antes de casarse.

Las propiedades inmuebles son fáciles de justificar ya que su titularidad corresponde a quien figure en la escritura de compra-venta y en el registro de la Propiedad.

Lo mismo que con acciones y títulos de sociedades.

Pero con otros bienes como joyas, cuadros, muebles, etc, el cónyuge que afirme ser su dueño deberá demostrar que lo poseía antes de casarse. Por ejemplo con una foto en la que apareca con la joya…

Por otra parte las donaciones que se realicen a uno sólo d elos cónyuges son para él sólo.

Pero si la donación se realiza a ambos y el donante no había expresado lo contrario son bienes gananciales.

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Comentarios (2)

Fátima | 23 noviembre 2011

Yo me case en Marruecos y no se que regimen economico tengo..por defecto me podriais decir cual es?porque a mi nadie me pregunto en ningun momento..se supone que tengo regimen gananciales,no?

bodas | 11 diciembre 2007

Tiene que ser un momento tenso:
-Cariño, ¿me quieres?
-Si
-Entonces nos casamos por gananciales, ¿no?

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